miércoles, 20 de enero de 2010

DERECHO FISCAL

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  1. El 18 de enero de 2010 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal que el Gobierno del Distrito Federal condonará parcialmente el cobro de las cuotas de derechos (Registro Público de la Propiedad y de Comercio, Archivo General de Notarias, Registro Civil, Secretaría de Transportes y Vialidad, las Delegaciones y la Tesorería del Distrito Federal) equivalente al ajuste aplicado a las cuotas vigentes en el nuevo Código Fiscal del Distrito Federal, correspondientes al ejercicio fiscal 2010, de tal forma que se cobre el monto de las cuotas previstas para tales conceptos según se contemplaba en el derogado Código Financiero del año 2009.

    Esta Resolución de beneficios tendrá vigencia a partir del 15 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2010.
    Impuesto sobre Nóminas, se condonará parcialmente su pago a las micro, pequeñas y medianas empresas al 31 de diciembre de 2009 que reúnan entre otras, las siguientes condiciones;
    (1) Micro empresas (1 a 10 trabajadores), se les condonará el 40%,
    (2) Pequeñas empresas (11 a 30 trabajadores), se les condonará el 28%,
    (3) Medianas empresas (31 a 60 trabajadores) se les condonará el 20% del Impuesto.
    Dicha resolución tendrá vigencia hasta el 17 de enero de 2011, fecha en que vence el pago del Impuesto Sobre Nóminas correspondiente a 2010.
    Impuesto Predial correspondiente al ejercicio fiscal 2010 se otorgará un subsidio fiscal para el pago que resulte a cargo de los propietarios o poseedores de los inmuebles de uso habitacional y mixto cuyo valor catastral se encuentre dentro del rango de $976,444.71 a $2,603,852.96 y dicho acuerdo tendrá vigencia todo el ejercicio corriente.

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